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Documento BORME-C-2012-3107

HERBAHER CÁRNICAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CARNES DEL SEGURA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 36, páginas 3229 a 3229 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-3107

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de ambas sociedades, reunidas el pasado 5 de febrero de 2012, en las respectivas sedes sociales, han aprobado, con la unanimidad de todos los socios, la fusión por absorción entre HERBAHER CÁRNICAS, S.L. (sociedad absorbente) y CARNES DEL SEGURA, S.L. (sociedad absorbida). La fusión llevará consigo el traspaso en bloque a HERBAHER CÁRNICAS, S.L.(Sociedad Absorbente) del patrimonio social de CARNES DEL SEGURA, S.L. (Sociedad Absorbida) a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos obligaciones de la Sociedad Absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida. El proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los administradores de ambas sociedades con fecha 16 de enero de 2012 y depositado en el Registro Mercantil de Murcia, el 18 de enero de 2012.

Los balances de fusión, cerrados a 30 de septiembre de 2011,han sido debidamente aprobados y la fusión tendrá efectos contables a partir de 1 de abril de 2012. Se deja constancia expresa de que la fusión aprobada se efectúa atendiendo a los dispuesto en el artículo 52.1, en relación con el 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada, directa o indirectamente por el mismo grupo social. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión: (1) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, (2) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, y (3) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios de la Sociedad Absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades y a obtener de manera gratuita, el texto integro del proyecto común de fusión, del acuerdo adoptado y de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, así como el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los textos íntegros de dicha documentación. También se hace constar, de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los acreedores de las dos sociedades que se fusionan, cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del ultimo anuncio de fusión. La sociedad absorbente, HERBAHER CÁRNICAS, S.L., conservará tras la fusión su actual denominación social, así como su domicilio social en Mula (Murcia), Calle 3, parcela 2, manzana 12 del Polígono Industrial "El Arreaque" y sus Estatutos Sociales, que permanecerán en vigor sin modificaciones.

Mula, 7 de febrero de 2012.- José María Baños Hernandez, Administrador Solidario de Herbaher Cárnicas, S.L.

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