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Documento BORME-C-2012-4391

PALACIO DE LOS BARRANTES-CERVANTES,
SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EXPLOTACIONES LA JARILLA,
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 48, páginas 4626 a 4626 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-4391

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de las sociedades Explotaciones La Jarilla, Sociedad Anónima Unipersonal (sociedad absorbida), con CIF número A-6072607, y Palacio de los Barrantes-Cervantes, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), con CIF número B10295996, celebradas con carácter universal el día 14 de febrero de 2012 y 23 de febrero de 2012 respectivamente, adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción, por el cual Palacio de los Barrantes-Cervantes, Sociedad Limitada, absorbe a la sociedad Explotaciones La Jarilla, Sociedad Anónima Unipersonal, con disolución sin liquidación de la entidad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a las sociedades absorbidas, no siendo necesario depositar Proyecto de fusión alguno al hacerse la fusión por unanimidad.

En dichas Juntas se aprobaron los balances de fusión de fecha cinco de octubre de dos mil once. A efectos contables, se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de Explotaciones La Jarilla, Sociedad Anónima Unipersonal, habrán de considerarse realizadas por Palacio de los Barrantes-Cervantes, Sociedad Limitada, la del 1 de enero de 2012.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el la Ley 6 de julio de 2009.

Badajoz, 5 de marzo de 2012.- Don Hernando de Orellana-Pizarro González, en su condición de persona física designada por la administradora Explotaciones La Jarilla, Sociedad Anónima Unipersonal, para el ejercicio de las funciones de administración de la sociedad Palacio de los Barrantes-Cervantes, Sociedad Limitada, y el mismo don Hernando de Orellana-Pizarro González, como Presidente y Consejero Delegado de Explotaciones La Jarilla, Sociedad Anónima Unipersonal.

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