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Documento BORME-C-2014-10226

GESTORA FOTOVOLTAICA DE CASTELLÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FOTOVOLTAICA DE CASTELLÓ, S.L.U.
FOTOVOLTAICA DE LES COVES, S.L.U.
FOTOVOLTAICA ECOTEC, S.L.U.
FOTOVOLTAICA FER, S.L.U.
FOTOVOLTAICA LA MOLA, S.L.U.
FOTOVOLTAICA PADUA, S.L.U.
FOTOVOLTAICA VERGOS, S.L.U.
INVERSIONS TRAUTT, S.L.U.
INVERSIONS VINROMA, S.L.U.
JOSO FOTOVOLTAICA, S.L.U.
WEINSBERG ECOTEC, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 181, páginas 11725 a 11725 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10226

TEXTO

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), que en fecha 10 de junio de 2014, la Junta general de la sociedad Gestora Fotovoltaica de Castellón, S.L. (sociedad absorbente) ha acordado la fusión por absorción a su favor de las mercantiles Fotovoltaica de Castelló, S.L.U., Fotovoltaica de les Coves, S.L.U., Fotovoltaica Ecotec, S.L.U., Fotovoltaica Fer, S.L.U., Fotovoltaica La Mola, S.L.U., Fotovoltaica Padua, S.L.U., Fotovoltaica Vergos, S.L.U., Inversions Trautt, S.L.U., Inversions Vinroma, S.L.U., Joso Fotovoltaica, S.L.U. y Weinsberg Ecotec, S.L.U. (todas ellas sociedades absorbidas), en los términos previstos en proyecto común de fusión.

A los efectos del art. 49 LME se pone de manifiesto que todas las sociedades absorbidas eran sociedades íntegramente participadas por la absorbente, motivo por el cual le es aplicable el régimen previsto en dicho artículo.

Como consecuencia de ello, adquiere por sucesión y a título universal la sociedad absorbente la totalidad del patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, que se disuelven y extinguen sin liquidación.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de fusión por absorción, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión; así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la fusión por absorción en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión por absorción, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

Barcelona, 26 de junio de 2014.- D. Enrique Fernández-Cardellach Bonifasi, D. Jorge de Riba Soldevila y la mercantil Fersa Asesoramiento y Gestión, Administradores Mancomunados de la sociedad absorbente. D. Enrique Fernández-Cardellach Bonifasi, D. Jorge de Riba Soldevila y la mercantil Fersa Asesoramiento y Gestión, S.L., Administradores Mancomunados de las sociedades absorbidas.

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