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Documento BORME-C-2014-11090

ELECTRA DEL MAESTRAZGO, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
MAESTRAZGO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 12698 a 12698 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-11090

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), por remisión expresa del artículo 73 de ésta, se hace constar que, el día 7 de mayo de 2014, el Consejo de Administración de la mercantil ELECTRA DEL MAESTRAZGO, S.A. (la "Sociedad Segregada") celebró sesión en la que se aprobó la operación de escisión, en la modalidad de segregación, de una de las ramas de actividad de la Sociedad Segregada consistente en la distribución de energía eléctrica y su traspaso en bloque a la mercantil de nueva creación, que se constituye simultáneamente y como consecuencia de la segregación, denominada MAESTRAZGO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación"), que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Segregada inherentes a esta rama de actividad.

Se pone de manifiesto que la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación estará íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Segregada, por lo que es aplicable a esta segregación el régimen simplificado previsto en el artículo 49.1 de la LME, por remisión de los artículos 73 y 52 de ésta. Consecuentemente, no resultan necesarias para esta segregación: (i) la inclusión en el proyecto de segregación de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME; (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de segregación; (iii) el aumento de capital de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación; y (iv) la aprobación de la operación de segregación por la junta general de accionistas de la Sociedad Segregada.

El acuerdo de segregación ha sido aprobado en los términos previstos en el proyecto de segregación suscrito por el Consejo de Administración de la Sociedad Segregada en sesión del día 7 de mayo de 2014 y presentado el día 14 de octubre de 2014 ante el Registro Mercantil de Castellón para su depósito y posterior publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Asimismo, de conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad Segregada de obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y del balance de segregación, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la Sociedad Segregada.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Segregada a oponerse a la operación de segregación durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de segregación, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de ésta.

Castellón de la Plana, 24 de octubre de 2014.- El Presidente del Consejo de Administración de ELECTRA DEL MAESTRAZGO, S.A., Rafael Jesús Amela Sebastiá.

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