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Documento BORME-C-2014-11513

REAL RACING CLUB DE SANTANDER, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 13184 a 13184 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-11513

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se anuncia públicamente que el día 4 de noviembre de 2014 la Junta general extraordinaria de la sociedad Real Racing Club de Santander, S.A.D. aprobó reducir y ampliar de manera simultánea el capital social de conformidad con lo previsto en los artículos 343 y siguientes del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, procediendo a una reducción del capital social mediante la disminución a 0 euros del valor nominal de cada una de las 1.391.675.226 acciones, y su consiguiente amortización; y ampliación simultánea del capital social, mediante aportaciones dinerarias, en la cifra de 9.095.915 euros o, en caso de suscripción incompleta, en la cuantía de las suscripciones efectuadas, mediante la emisión de 1.819.183 nuevas acciones nominativas, de cinco euros de valor nominal cada una, de una nueva serie B, numeradas correlativamente de la acción B-1 a la B-1.819.183, ambos inclusive, que se emitirán a la par. La reducción de capital será eficaz si la ejecución de la ampliación simultánea alcanza el capital mínimo exigido por la Ley.

En la misma Junta general se aprobó delegar las facultades en el Consejo de Administración para señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada y para fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta general, y para adaptar los Estatutos sociales, dando nueva redacción a sus artículos 5 y 6, a fin de reflejar el capital social resultante de la ampliación. El derecho de suscripción preferente podrá ser ejercitado por los accionistas durante al menos un mes desde la fecha de publicación de la oferta de suscripción en el BORME. El aumento podrá suscribirse de manera incompleta según consta en el acuerdo adoptado por la Junta, quedando aumentado en la cuantía de las suscripciones que se completen.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 324 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que, tal como se hizo constar en la convocatoria de la Junta general, la reducción de capital aprobada tiene por finalidad restablecer el equilibrio entre el capital y patrimonio neto de la Sociedad, disminuido por consecuencia de pérdidas, tomando como base el balance que a tal efecto fue también aprobado por la Junta general; se lleva a cabo mediante la amortización de las acciones existentes y se ha ejecutado en la fecha de celebración de la Junta anteriormente referida.

Santander, 5 de noviembre de 2014.- David González Pescador, Secretario del Consejo de Administración del Real Racing Club de Santander, S.A.D.

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