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Documento BORME-C-2014-12405

TEJAS COBERT, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
COBERT TEJAS IBÉRICA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 14139 a 14139 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12405

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("Ley 3/2009"), por remisión expresa del artículo 73 de ese mismo cuerpo legal, se hace público que Tejas Cobert, S.A., por acuerdo de su Junta General, y Cobert Tejas Ibérica, S.L.U., por decisión de su socio único, han aprobado el día 27 de noviembre de 2014 la segregación por Tejas Cobert, S.A. de la unidad económica dedicada a la fabricación, diseño y comercialización de productos y elementos cerámicos, de hormigón y similares y, en general, materiales prefabricados destinados a la construcción (fundamentalmente tejas y accesorios para las mismas), así como las actividades extractoras y mineras de las materias primas necesarias para la fabricación de dichos productos, en favor de Cobert Tejas Ibérica, S.L.U., que adquirirá por sucesión universal la totalidad de los elementos personales, materiales, derechos, obligaciones y posiciones jurídicas del patrimonio segregado, con el consiguiente aumento de su capital social que será íntegramente suscrito por su socio único Tejas Cobert, S.A.

Se pone de manifiesto que la referida segregación se rige por el régimen simplificado derivado de los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, por lo que no son aplicables, entre otras, las normas generales sobre depósito y publicación del proyecto, informe de administradores e informe de expertos independientes. Ello no obstante, se hace constar que el acuerdo de segregación fue adoptado sobre la base del proyecto común de segregación redactado y suscrito conjuntamente por los administradores de las sociedades intervinientes el 26 de noviembre de 2014, y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de segregación y de los correspondientes balances de segregación, así como el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a esta segregación, todo ello en el plazo y términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 por remisión del artículo 73 de dicho cuerpo legal.

Madrid, 27 de noviembre de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración de Tejas Cobert, S.A. y el Administrador Único de Cobert Tejas Ibérica, S.L.U.

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