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Documento BORME-C-2014-1290

COMPAÑÍA URBANIZADORA Y PARCELADORA DE LA HACIENDA
DE LA MANGA DE SAN JAVIER, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 1523 a 1523 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-1290

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid en los Autos de Jurisdicción Voluntaria 974/2012 ha dictado Auto n.º 81/14, de fecha 17 de febrero de 2014, en cuya parte dispositiva consta:

I.- Convocatoria. Estimando la solicitud formulada por Puertomenor, S.A., debo convocar y y convoco Junta general extraordinaria de los socios de la sociedad Compañía Urbanizadora y Parceladora de la Hacienda de la Manga de San Javier, S.A., en fecha 23 de abril de 2014, a las 10.30 horas, en primera convocatoria y el 24 de abril de 2014, a las 10.30 horas, en segunda convocatoria, en el domicilio del estudio del notario don Luis de la Fuente O`Conor sito en la calle Ortega y Gasset, n.º 5, 1.º derecha, 28006 de Madrid, en la cual actuarán como presidente y secretario quienes designen los socios por mayoría al inicio de la sesión, y a falta de acuerdo, por, será presidida por el legal representante de Puertomenor, S.A., actuando como secretario/a el socio/a que designe este, y que tendrá por orden del día:

Único: Designación de nuevo administrador único

II.- Forma. Dicha convocatoria será publicada en el BORME y en la página web de de la sociedad. Con carácter voluntario y adicional a esta última o cuando la sociedad no tenga página web, la convocatoria se publicará en uno de los diarios de mayo circulación en que este situado el domicilio social con, al menos, 30 días de antelación respecto a la fecha de celebración.

En el presente caso la convocatoria se publicará en el BORME y en el diario Cinco Días.

III.- Habilitación. La sociedad deberá asumir los gastos generados por convocatoria y celebración de la Junta.

Habiéndose solicitado la presencia de un notario para que levante acta de la junta general, los administradores vendrían obligados a requerir la presencia de un notario para que cumpla dicha finalidad. En el presente caso no hay administradores que puedan designar al notario y se procede a designar al notario D. Luis de la Fuente O`Conor para levantar el acta.

Se habilita directamente a Puertomenor, S.A., para efectuar todas las actuaciones exigidas para ello, por si misma, sin perjuicio del derecho a reintegrarse de los gastos a costa de la sociedad.

Madrid, 4 de marzo de 2014.- El accionista solicitante PUERTOMENOR, S.A., Administrador único, D. Tomás Maestre Cavanna.

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