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Documento BORME-C-2014-13154

VENTANA AL MAR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
NIUBA ARRENDAMIENTOS RESIDENCIALES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 14959 a 14959 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-13154

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante LME), que, con fecha 22 de diciembre de 2014, la Junta General de la sociedad "Ventana al Mar, S.L", ha acordado la escisión parcial de una parte de su patrimonio, que constituye una unidad económica, a la Sociedad de nueva creación Niuba Arrendamientos Residenciales, Sociedad Limitada, quien adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen la parte del patrimonio de la sociedad escindida de conformidad con el proyecto de escisión parcial suscrito por el órgano de administración en fecha 19 de diciembre de 2014. Todo ello con efectos contables desde el día 1 de enero de 2015.

Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la LME, es decir, con la asistencia de todos los socios y adoptados por unanimidad, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y no es preciso informe de los administradores sobre el proyecto de escisión. Además, de acuerdo con el artículo 49 de la LME y demás normativa aplicable a estas operaciones, no se exige la emisión de informes de expertos independientes relativos a la escisión.

La escisión se realiza tomando como Balance de Escisión el balance cerrado a 31 de octubre de 2014, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo de escisión y en el Proyecto de Escisión elaborado por el órgano de administración.

A resultas de la escisión, se ha llevado a cabo una reducción del capital social de Ventana al Mar, Sociedad Limitada, de la cantidad de 9.846.120,00 euros a la cantidad de 7.942.536,80 euros, esto es, en la cantidad de 1.903.583,20 euros mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de sus participaciones de la cantidad de 6 euros de valor nominal a la cantidad de 4,84 euros por participación social.

Los socios y acreedores de la Sociedad que se escinde parcialmente tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión,así como a oponerse a la escisión en los términos del artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión.

Santa Cruz de Tenerife, 22 de diciembre de 2014.- Administrador solidario, don José Balcell Viver.

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