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Documento BORME-C-2014-13158

EDIFICIOS ANDALUCES CULTURALES Y EDUCATIVOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 14963 a 14964 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-13158

TEXTO

La reunión del Consejo de Administración de la Sociedad EDIFICIOS ANDALUCES CULTURALES Y EDUCATIVOS, S.A., celebrada en Sevilla el día 4 de noviembre de 2014, se adoptaron los siguientes acuerdos:

1. Ampliar el capital social, haciendo uso de las facultades concedidas por la Junta General de Accionistas celebrada en Sevilla, el día 20 de junio de 2013, en la cifra de trescientos veinticinco mil dos euros con setenta y siete céntimos (325.002,77 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de 54.077 acciones al portador de seis euros con un céntimo nominales cada una, numeradas correlativamente del 1.007.006 al 1.061.082 ambas inclusive.

El Consejo de Administración está autorizado por la Junta General de Accionistas para ampliar el capital social hasta tres millones veintiséis mil cincuenta euros con dos céntimos, por tanto, tras la presente ampliación queda por disponer de dos millones setecientos un mil cuarenta y siete euros con veinticinco céntimos.

El tipo de emisión será a la par, es decir, por el valor nominal de cada acción, y las acciones emitidas gozarán de los mismos derechos, características y obligaciones que las actualmente en circulación. Se fija como plazo para iniciar la suscripción y el desembolso en metálico el día 18 de diciembre de 2014 y terminará el día 18 de mayo de 2015.

Los accionistas de la compañía podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones en proporción al valor nominal de las acciones que posean, siendo la relación de cambio de 0,0537008 acción nueva por cada 1 antigua (o lo que es lo mismo, 1 acción nueva por cada 18,62 acciones antiguas). El derecho de suscripción preferente se ejercitará dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 305 del TRLSC. Los derechos de suscripción preferente no ejercitados durante el Periodo de Suscripción Preferente se extinguirán automáticamente en el momento en que éste finalice.

En el supuesto de que finalizado el plazo de suscripción preferente hubiera acciones nuevas no suscritas, se abrirá un periodo de asignación discrecional que finalizará el 18 de mayo de 2015, durante el cual el Consejo de Administración podrá ofrecer la suscripción de las acciones sobrantes a quien tenga por conveniente.

No obstante lo previsto en los apartados anteriores, una vez haya finalizado el periodo de suscripción preferente, la sociedad podrá dar por concluida la emisión de forma anticipada, siempre y cuando hubiera quedado íntegramente suscrito el aumento de capital.

Se prevé expresamente la suscripción incompleta, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 311 del TRLSC, por lo que si finalizado el plazo de Asignación discrecional no se hubiese suscrito el importe íntegro del aumento de capital, el capital quedará aumentado en la cuantía que importen las acciones suscritas.

Como consecuencia, se modificará el artículo V de los estatutos sociales, relativo al Capital Social.

2. Se faculta a todos los Consejeros para que, cualquiera de ellos indistintamente, pueda comparecer ante Notario y Registrador y elevar a públicos los acuerdos adoptados.

Sevilla, 19 de diciembre de 2014.- El Presidente y el Secretario del Consejo de Administración.

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