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Documento BORME-C-2014-179

COLL FRIO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 8, páginas 204 a 204 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-179

TEXTO

La Junta General de Accionistas celebrada el 28 de diciembre de 2013 en el domicilio social de la entidad acordó realizar una operación acordeón, en la que primero se redujo el capital social para compensar pérdidas, quedando el capital social reducido a cero euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones representativas del capital social, para inmediatamente después ampliar el capital en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la sociedad de su derecho de suscripción preferente:

- Aumentar el capital social de la compañía en quinientos doce mil euros, mediante la emisión y puesta en circulación de quinientas doce mil nuevas acciones, nominativas, de un euro de valor nominal cada una, todas de la misma clase y serie única, y numeradas correlativamente del uno al quinientos doce mil, ambos inclusive, con los mismos derechos que las preexistentes.

- Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal.

- El valor nominal de las acciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado mediante aportaciones dinerarias.

- Los accionistas de la compañía son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones, y a razón de 512.000 acciones nuevas por cada 770 antiguas.

- Los señores accionistas pueden usar de su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

- Durante el plazo de suscripción, los accionistas pueden suscribir los títulos mediante comunicación fehaciente dirigida a esta sociedad.

- El desembolso de las acciones suscritas se realizará en la cuenta y entidad financiera que designe Coll Frío, S.A., y se justificará mediante el correspondiente certificado emitido por la entidad financiera.

La mencionada Junta General también acordó que en caso de que los accionistas no ejercieran su derecho de preferente suscripción, el aumento de capital será suscrito y desembolsado, íntegramente o en la parte que quedara pendiente de suscripción, por el accionista Establecimientos Coll, S.A., en idénticas condiciones a las acordadas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en los artículos 304.1, 305, 306.2 de la vigente Ley de Sociedades de Capital.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Vilamalla (Girona), 8 de enero de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración, Manuel Toro Coll.

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