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Documento BORME-C-2014-465

INTEGRACIÓN AGENCIAS DE VIAJES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 19, páginas 517 a 518 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2014-465

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad de fecha 20 de enero de 2014, se convoca a los señores accionistas a la Junta General de Accionistas de la Sociedad, que con el carácter de Extraordinaria se celebrará en Madrid, calle Cardenal Belluga, número 15 (local), el día 4 de marzo de 2014, a las diez horas treinta minutos, en primera convocatoria y, en su caso, el día siguiente, 5 de marzo de 2014, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Renovación, si procede, de Consejeros de la Sociedad.

Segundo.- Nombramiento, si procede, de Consejeros de la Sociedad.

Tercero.- Acuerdo, si procede, de creación de la página web corporativa de la compañía.

Cuarto.- Propuesta si procede, de modificación estatutaria, mediante la modificación y/o introducción, en su caso, de los siguientes artículos: (i) Artículo 17 (Régimen de convocatoria de la Junta General). (ii) Artículo 26 bis (Composición y régimen del Consejo de Administración). (iii) Artículo 24 (Duración). (iv) Artículo 17 bis (Acuerdo de Retribución).

Quinto.- Fijación, si procede, de remuneración del Órgano de Administración para el período 2009-2013.

Sexto.- Fijación, si procede, de remuneración del Órgano de Administración para el ejercicio 2014.

Séptimo.- Delegación de facultades al Consejo de Administración para completar, subsanar, desarrollar, ejecutar y formalizar los acuerdos que adopte la Junta General.

Derecho de asistencia y representación: El derecho de asistencia podrá ejercitarse según disponen el artículo 179 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 19 de los Estatutos Sociales. El derecho de representación se ejercitará de conformidad con el artículo 184 de la Ley de Sociedades de Capital y con el nombrado artículo 19 de los Estatutos Sociales. La delegación se hará precisamente por escrito y será especial para cada Junta, salvo lo dispuesto en el artículo 187 de la Ley de Sociedades de Capital. Intervención de Notario: El Consejo ha requerido la presencia de un Notario para levantar la correspondiente Acta de la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital. Derecho de información: Desde la publicación de la convocatoria cualquier accionista podrá examinar en el domicilio social y obtener de forma inmediata y gratuita, los documentos que se dispongan y que se sometan a la aprobación de la Junta, según establece el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Madrid a, 21 de enero de 2014.- El Secretario no Consejero, D. David de Guzmán Samper.

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