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Documento BORME-C-2014-616

ALBACETE BALOMPIÉ, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 694 a 695 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2014-616

TEXTO

Convocatoria de Junta General Extraordinaria. Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca a los señores accionistas del Albacete Balompié, S.A.D. (la "Sociedad") a la Junta General Extraordinaria de accionistas a celebrar en Albacete, en el Salón de Actos de la Diputación Provincial, situado en el Paseo de la Libertad número 5, el próximo día 10 de marzo de 2014, a las 12:00 horas, y en segunda convocatoria, el día 11 de marzo de 2014 a las 12:00 horas, para deliberar y resolver sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Puesta en conocimiento a los accionistas del estado de la renegociación de la deuda de la Sociedad.

Segundo.- Aprobación del presupuesto 2013/2014 de la Sociedad.

Tercero.- Aprobación de la ejecución de la ampliación de capital aprobada por la Junta General Ordinaria de 30 de septiembre de 2012 por la que se suscribieron 1.567 acciones de 60 euros de valor nominal cada una de ellas, hasta dejar la cifra de capital social en 2.193.240 euros. Consiguiente modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales.

Cuarto.- Reducción de capital para compensar pérdidas y restablecer el equilibrio patrimonial de la Sociedad, hasta dejar la cifra de capital social en 109.662 euros, mediante la reducción del valor nominal de cada una de las acciones de la Sociedad hasta dejar el valor nominal de cada una de ellas en la cuantía tres (3) euros. Consiguiente modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales. Aprobación del balance que sirva de base para la reducción de capital propuesta de acuerdo con lo previsto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital. Reducción de reservas de acuerdo con lo previsto en el artículo 322 de la Ley de Sociedades de Capital.

Quinto.- Ampliación de capital por compensación de créditos en la cuantía de 279.270 euros mediante la emisión de 93.090 acciones de tres (3) euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie y sin prima de emisión. Consiguiente modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales.

Sexto.- Ampliación de capital por aportación dineraria de 470.730 euros, mediante la emisión de 156.910 acciones de tres (3) euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las existentes, sin prima de emisión y que desde el momento de la suscripción deberá estar íntegramente desembolsado. Consiguiente modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales. Todos los accionistas dispondrán del derecho de suscripción preferente que legal y estatutariamente les corresponde, por lo que en primera ronda cada accionista podrá suscribir hasta siete acciones por cada acción de la que sea titular. Ejercitado el derecho de suscripción preferente en primera ronda, si quedasen acciones por suscribir, el Consejo de Administración ofrecerá las acciones a los accionistas o terceros que estime conveniente para su suscripción en las proporciones que acuerde con los mismos. En caso de suscripción incompleta, el aumento de capital se ejecutará en la cantidad suscrita. El Consejo de Administración anunciará fechas, plazos y demás condiciones con antelación suficiente.

Séptimo.- Aprobación de delegar en el Consejo de Administración la facultad de señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la junta, incluyendo la modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales. El plazo para el ejercicio de la presente facultad delegada es de un año.

Octavo.- Ruegos y preguntas.

Noveno.- Delegación de facultades para elevar a público y subsanar los anteriores acuerdos.

Décimo.- Sistema de aprobación del acta y, en su caso, aprobación de la misma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y de los informes sobre las mismas, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 301 de la Ley de Sociedades de Capital, en cuanto a la propuesta de ampliación de capital por compensación de créditos se hace constar: (i) Que se encuentra a disposición de los accionistas en el domicilio social un informe del órgano de administración sobre la naturaleza y características de los créditos a compensar, la identidad de los aportantes, el número de acciones que hayan de crearse o emitirse y la cuantía del aumento, en el que expresamente se hará constar la concordancia de los datos relativos a los créditos con la contabilidad social. (ii) Que se pone a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la Sociedad que, acredita que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre los créditos a compensar. (iii) El derecho que corresponde a todos los socios de examinar en el domicilio social el informe de los administradores y la certificación del auditor de cuentas, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

Albacete, 5 de febrero de 2014.- El Presidente, José Miguel Garrido Cristo.

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