Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-6945

RICARDO MOLINA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ANGEM SPECIALITIES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 8038 a 8038 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-6945

TEXTO

Anuncio del acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el 8 de mayo de 2014, los socios únicos de Ricardo Molina, S.A.U. y de Angem Specialities, S.L., Sociedad Unipersonal, adoptaron la decisión de aprobar la fusión de Ricardo Molina, S.A.U., como sociedad absorbente, y Angem Specialities, S.L., Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbida, produciéndose la extinción de ésta última y la traslación en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida, tomando en consideración como balance de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2013 y con efectos contables a 28 de febrero de 2014.

Por tratarse de una fusión de una sociedad íntegra y directamente participada por la absorbente, es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, antes referida, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión en el domicilio social de ambas sociedades. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en la citada norma.

Barcelona, 8 de mayo de 2014.- Jorge Grande Iglesias, Consejero delegado de Ricardo Molina S.A.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid