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Documento BORME-C-2014-7801

ALIEN SOFTWARE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE
Y SIMULTÁNEAMENTE SOCIEDAD ABSORBIDA)
JOAO GONÇALVES HOLDING, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
NIMBUS SYSTEMS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 111, páginas 8988 a 8988 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-7801

TEXTO

De conformidad con la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que el socio único de las sociedades "Alien Software, S.L.U." (sociedad absorbente) y "Joao Gonçalves Holding, S.L.U." (sociedad absorbida), aprobó el día 19 de mayo de 2014, la fusión por absorción de "Joao Gonçalves Holding, S.L.U." (sociedad absorbida) por "Alien Software, S.L.U." (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida "Joao Gonçalves Holding, S.L.U." y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de ésta a favor de la sociedad absorbente "Alien Software, S.L.U." y sin ampliación de capital de ésta última, dado que la presente fusión constituye, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 49.1 y 52 de la Ley 3/2009, un supuesto de fusión especial, debido a que la sociedad absorbente "Alien Software, S.L.U." está íntegramente participada por el mismo socio que la sociedad absorbida "Joao Gonçalves Holding, S.L.U.".

Igualmente se anuncia que, de forma simultánea y en unidad de acto el socio único de la sociedad "Nimbus Systems, S.L.U." (sociedad absorbente), aprobó el mismo día 19 de mayo de 2014 la fusión por absorción de "Alien Software, S.L.U." (sociedad absorbida) por "Nimbus Systems, S.L.U." (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida "Alien Software, S.L.U." y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de ésta a favor de la sociedad absorbente "Nimbus Systems, S.L.U." y sin ampliación de capital de ésta última, dado que la presente fusión constituye, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 49 y 52 de la Ley 3/2009, un supuesto de fusión especial, debido a que la sociedad absorbente "Nimbus Systems, S.L.U." está íntegramente participada por la sociedad absorbida "Alien Software, S.L.U."

Dichas fusiones se aprobaron de conformidad con el Proyecto Común de Fusión por Absorción Simultánea suscrito y firmado por el Administrador único de las sociedades intervinientes en fecha 20 de marzo de 2014, el cual no fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, por haber sido adoptados los acuerdos por el socio único de las sociedades absorbentes, es decir, de forma unánime y con carácter universal, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener en el domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el de los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes de oponerse a los mencionados acuerdos de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009 durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 6 de junio de 2014.- Administrador único de, Alien Software, S.L.U., Joao Gonçalves Holding, S.L.U., y Nimbus Systems, S.L.U., don David Edward Charron.

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