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Documento BORME-C-2014-8331

PRONIMUR 2000, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
REGULACIÓN EMPRESARIAL, S.L.
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 9578 a 9578 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-8331

TEXTO

Anuncio de escisión parcial de PRONIMUR 2000, S.L. (Sociedad escindida) a favor de REGULACIÖN EMPRESARIAL, S.L. (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión de su artículo 73.1, se hace público que el 2 de mayo de 2014 la junta general extraordinaria y universal de Pronimur 2000, S.L. (Sociedad Escindida), aprobó la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de una sociedad de nueva creación, Regulación Emprearial, S.L. (Sociedad Beneficiaria), en los términos establecidos en el proyecto de escisión de 1 de mayo de 2014, con la transmisión en bloque y por sucesión universal de una unidad económica autónoma de su patrimonio, consistente en tenencia de participaciones sociales en las sociedades Ges Adanse, S.L., y Serviauto Adanse, S.L., formada por todos los derechos, activos y pasivos relacionados con dicha rama de actividad, a favor de la Sociedad Beneficiaria y la consiguiente atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria a los socios de la Sociedad Escindida en la proporción en que participan en esta, y ello con cargo a reservas voluntarias de la Sociedad Escindida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que intervienen en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y el balance de escisión parcial. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades que intervienen en la escisión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Murcia, 3 de mayo de 2014.- Administrador único.

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