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Documento BORME-C-2014-9401

GAS NATURAL FENOSA ENGINEERING, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL,
(SOCIEDAD ESCINDIDA),
GAS NATURAL FENOSA INGENIERÍA Y DESARROLLO DE GENERACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 10791 a 10791 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9401

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión expresa del artículo 73 de dicha Ley, se hace público que, con fecha 28 de julio de 2014, el Socio Único de las sociedades Gas Natural Fenosa Engineering, S.L.U. y Gas Natural Fenosa Ingeniería y Desarrollo de Generación, S.L.U., ha decidido aprobar la escisión parcial de Gas Natural Fenosa Engineering, S.L.U. (Sociedad Escindida) a favor de Gas Natural Fenosa Ingeniería y Desarrollo de Generación, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria). Como consecuencia dicha escisión, la Sociedad Escindida, que seguirá existiendo, verá reducido su capital social en ciento setenta y tres mil setecientos cuarenta (173.740) euros, mientras que la Sociedad Beneficiaria adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, que conforma una unidad económica autónoma e independiente formada por la actividad de servicios de ingeniería aplicada al negocio de generación de electricidad de cualquier tecnología (excepto la tecnología nuclear, fotovoltaica y con utilización de biomasa y excepto los servicios de ingeniería medioambiental), ampliando dicha Sociedad Beneficiaria su capital social, y todo ello de conformidad con el proyecto común de escisión elaborado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades el 18 de junio de 2014 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 8 de julio de 2014.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de cada una de las sociedades, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Madrid, 28 de julio de 2014.- Firmado: D. Ricardo López Herrero, Secretario no consejero del Consejo de Administración de Gas Natural Fenosa Engineering, S.L.U. y D. Francisco Antonio Bustío Gutiérrez, Administrador Único de Gas Natural Fenosa Ingeniería y Desarrollo de Generación, S.L.U.

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