Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-942

GRUPO PASTIFICCIO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IMPERIAPASTA, S.L.U.
OVETAO ROM, S.L.U.
CORNERINN, S.L.U.
CHAGAR 04, S.L.U.
MAKIATO, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 1106 a 1106 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-942

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de "Grupo Pastificcio, Sociedad Limitada" e "Imperiapasta, Sociedad Limitada Unipersonal", acordaron con fecha 20 de enero de 2014 la fusión por absorción de las sociedades, íntegramente participadas, "Imperiapasta, Sociedad Limitada Unipersonal", "Ovetao Rom, Sociedad Limitada Unipersonal", "Cornerinn, Sociedad Limitada Unipersonal", "Chagar 04, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Makiato, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedades absorbidas), por parte de "Grupo Pastificcio, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente), mediante la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque del patrimonio de cada una de ellas, respectivamente, a favor de "Grupo Pastificcio, Sociedad Limitada", como sucesora universal, quedando subrogada en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado, y se realiza al amparo de lo previsto en el artículo 49 de la citada Ley 3/2009, para supuestos de fusiones íntegramente participadas.

Los acuerdos se han adoptado en Junta Universal por unanimidad de los socios de cada una de las sociedades participantes en la fusión, por consiguiente, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la ya citada Ley 3/2009, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

En atención a lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Lleida, 28 de enero de 2014.- El Administrador Único de "Grupo Pastificcio, S.L.", "Imperiapasta, S.L.U." y "Chagar 04, S.L.U.", Juan Manuel Chacón Domínguez, y la Administradora Única de "Ovetao Rom, S.L.U.", "Cornerinn, S.L.U." y "Makiato, S.L.U.", Laura García Sancho.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid