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Documento BORME-C-2014-9457

PROMOCIONES VAJUMAN, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA)
VAJUMAN FINCAS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 10856 a 10856 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9457

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta general extraordinaria de la sociedad Promociones Vajuman, S.L. (Sociedad segregada), celebrada con carácter universal el día 30 de junio de 2014, en el domicilio social, adoptó por acuerdo unánime, la segregación de la unidad económica de rama de actividad consistente en la promoción inmobiliaria, mediante su traspaso en bloque, sin disolución ni liquidación, a una sociedad de nueva constitución denominada Vajuman Fincas, S.L., (Sociedad beneficiaria), la cual quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones recibidos de la sociedad segregada, inherentes al patrimonio segregado, todo ello con arreglo al citado acuerdo social de segregación parcial.

La rama de actividad económica segregada constituye una unidad económica en el sentido del artículo 71 de la Ley 3/2009.

La segregación se lleva a cabo de conformidad con lo previsto en los artículos 73 y 42 de la Ley 3/2009.

Al tener la sociedad segregada y la beneficiaria forma de sociedades limitadas, y haber sido adoptados, por unanimidad y en Junta universal, los acuerdos de segregación, éstos podrán adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de segregación.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43, 44 y 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar, el derecho que asiste a los acreedores sociales a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de segregación aprobado, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. De igual modo, se anuncia el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la segregación que la Ley atribuye a los acreedores, el cual puede ser ejercido en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de segregación.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en la LME, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Málaga, 1 de agosto de 2014.- Julián Fuentes Fernández, Administrador único de Promociones Vajuman, S.L.

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