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Documento BORME-C-2014-960

DETECTOR DE SEGUIMIENTO Y TRANSMISIÓN, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 1124 a 1124 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-960

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Universal de Accionistas de Detector de Seguimiento y Transmisión, Sociedad Anónima, ha acordado, con fecha 10 de diciembre de 2013, reducir el capital social en la suma de quince mil doscientos euros con cincuenta céntimos (15.200,50 euros), mediante la adopción, por unanimidad, del siguiente acuerdo de reducción del capital social de la Sociedad:

(i) Reducción del capital social en la suma de 15.200,50 euros, mediante la amortización de 152.005 acciones sociales, numeradas 33.686 al 33.775, 88.519 al 89.093, 122.820 al 123.159, 165.861 al 166.291, 202.481 al 202.959, 221.054 al 221.292, 239.387 al 239.625 y 2.501.774 al 2.527.247, y 10.289.224 al 10.413.361, todos ellos ambos inclusive, con la finalidad de amortizar autocartera.

Como consecuencia de la operación de reducción de capital acordada, el nuevo importe del capital social ha quedado fijado la suma de un millón quinientos doce mil trescientos sesenta y siete euros con diez céntimos (1.512.367,10 euros), representado por quince millones ciento veintitrés mil seiscientas setenta y una (15.123.671) acciones nominativas, con un valor nominal de diez céntimos de euro (0,10 euros), cada una de ellas totalmente suscritas y desembolsadas.

Ha quedado modificado, asimismo, el artículo 5 de los Estatutos Sociales, en lo referente al capital social y las acciones que lo integran, para reflejar el nuevo importe del capital, el número de las acciones en que se divide, y el valor nominal de las mismas.

Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a las reducciones del capital social señaladas en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 LSC.

Madrid, 24 de enero de 2014.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, don Manuel Laclaustra Arroyo.

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