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Documento BORME-C-2014-9676

CIRUFAC, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LV MÉDICA, S.L.P.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 11094 a 11094 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9676

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, (en adelante LME), se hace público que las Juntas generales de Cirufac S.L. y LV Médica, S.L.P., han decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad LV Médica, S.L.P. (Sociedad Absorbida), por parte de CIRUFAC, S.L. (Sociedad Absorbente).

De esta manera la sociedad absorbida se integrará en Cirufac, S.L., la cual adquirirá por sucesión universal el patrimonio de la absorbida, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de esta, la cual se extinguirá mediante su disolución sin liquidación. Todo ello conforme a los Balances de Fusión de las Sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2013 y al Proyecto de Fusión de fecha 30 de enero de 2014 depositado en el Registro Mercantil de Cáceres.

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro de las decisiones de las Juntas celebradas relativas al acuerdo de fusión, así como del Proyecto Común de Fusión y del Balance de Fusión.

Al tratarse de acuerdos adoptados conforme al artículo 42 de la LME (asistencia de todos los socios y por unanimidad) no son aplicables las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión y escisión se establecen en la LME, ni aquellas relativas a la información previstas en el artículo 39. Asimismo, tampoco se exige la emisión de informes de Administradores y expertos independientes relativos a la fusión y escisión.

Por último, se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, dentro del mes siguiente contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Cáceres, 4 de agosto de 2014.- Don Juan José López Vivas, el Administrador único.

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