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Documento BORME-C-2014-9699

DÉCIMAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CASUAL STAR, S.L.U.
SUN BOARD, S.L.U.
X-ODUS, S.L.U.
TOSCARRALES, S.L.U.
FOCUS SPORT, S.L.U.
MOUNTAIN SPORT, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 11118 a 11118 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9699

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009 se hace público que el socio único de las citadas sociedades aprobó el día 28 de julio de 2014 la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por DÉCIMAS, S.L.U. de las sociedades CASUAL STAR, S.L.U., SUN BOARD, S.L.U., X-ODUS, S.L.U., TOSCARRALES, S.L.U., FOCUS SPORT, S.L.U. Y MOUNTAIN SPORT, S.L.U. con transmisión a título universal del patrimonio de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas.

Al estar sociedad absorbente y sociedades absorbidas íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, SPORT STREET, S.L., no es necesario el aumento de capital en la sociedad absorbente ni se han acordado modificaciones estatutarias con ocasión de la fusión.

El acuerdo de fusión se ajusta íntegramente a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por el Administrador único de las sociedades participantes en la fusión y que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid y publicado en el BORME en fecha 1 de julio de 2014.

Se hace constar el derecho del socio único y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante un plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión. Dentro de ese plazo, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan cuyo crédito hubiera nacido antes del depósito del proyecto de fusión en el Registro Mercantil y no estuviera vencido en ese momento, podrán oponerse a la fusión hasta que se les garanticen tales créditos. Los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados no tendrán derecho de oposición.

Madrid, 7 de agosto de 2014.- Don Alfonso Tejero Bados, como Administrador único de Décimas, S.L.U. (sociedad absorbente) y de Casual Star, S.L.U., Sun Board, S.L.U., X-odus, S.L.U., Toscarrales, S.L.U., Focus Sport, S.L.U., y Mountain Sport, S.L.U. (sociedades absorbidas).

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