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Documento BORME-C-2014-9713

RECHAPADOS DEL EUME, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 11132 a 11132 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-9713

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 12 de junio de 2014 la Junta general de accionistas, reunida con carácter universal en A Braña Ercebedo, Coristanco, acordó por unanimidad reducir el capital y simultáneamente aumentarlo con objeto de restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio social disminuido por pérdidas, con la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

La reducción de capital por importe de 310.786,35 euros, se ha realizado por medio de la compensación de la misma cifra de pérdidas del ejercicio 2013.

La reducción se lleva a cabo por medio de la amortización de la totalidad de acciones de la sociedad.

La reducción se realiza en base al balance que contienen las cuentas anuales cerradas a 31 de diciembre de 2013 las cuales han sido formuladas por el Consejo de Administración, auditadas por el Auditor de la Sociedad Price Waterhouse Coopers aprobadas por la Junta general y en base a las que los mismos auditores han emitido informe de conformidad con el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital.

Simultáneamente se ha acordado aumentar el capital hasta el importe de 68.280,00 euros por medio de la emisión de 6.828 nuevas acciones nominativas de una sola clase y serie de 10 € (diez euros) de valor nominal cada una numeradas correlativamente del 1 (uno) al 6.828 (seis mil ochocientos veintiocho).

Consecuentemente se modifica el artículo 5 de los Estatutos Sociales que queda redactado como sigue:

"El capital Social se fija en sesenta y ocho mil doscientos ochenta euros (68.280,00) completamente suscrito y desembolsado, representado por seis mil ochocientos veintiocho (6.828) acciones nominativas de una sola clase y serie y de diez euros (10) de valor nominal cada, numeradas correlativamente del uno (1) al seis mil ochocientos veintiocho (6.828) ambos inclusive. Cada una de ellas otorga un voto en la Junta general de la Sociedad."

En virtud del artículo 335 a) y c) de la Ley de Sociedades de Capital los acreedores no gozan de derecho de oposición a la reducciones de capital aprobada, por lo que su eficacia es inmediata.

La Coruña, 12 de junio de 2014.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Jesús Louro Carballeira.

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