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Documento BORME-C-2015-11185

NEW ACTION NEXT BUSINESS, S. L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DESARROLLOS ALIMENTARIOS FRESCOS INDUSTRIAL, S. L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 13127 a 13127 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11185

TEXTO

Desarrollos Alimentarios Frescos, S. A. U., Socio Único tanto de New Action Next Business, S. L. U. como de Desarrollos Alimentarios Frescos Industrial, S. L. U., aprobó el 19 de noviembre de 2015 la fusión de la primera, como absorbente, con la segunda, como absorbida, que se extingue y liquida, transmitiendo en bloque de todo su patrimonio a New Action Next Business, S. L. U., adquiriendo ésta, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de Desarrollos Alimentarios Frescos Industrial, S. L. U., de la que se adopta su denominación social.

Las decisiones de fusionar ambas sociedades adoptadas por un Socio Único conlleva que éstas fueron adoptadas con el carácter de universal y por unanimidad, no habiéndose dado publicidad al Proyecto de Fusión, ni haber sido éste depositado en el Registro Mercantil.

Siendo ambas sociedades íntegramente participadas, de forma directa, por el mismo Socio Único, la fusión gemelar se ha llevado a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, realizándose sin necesidad de concurrir los requisitos determinados en el artículo 49, 1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

La Administradora Única de la absorbente y de la absorbida, que es la misma en ambas sociedades, Alal Gestión, S. L., ha puesto a disposición de los Representantes de los Trabajadores de la absorbida y a todos los Trabajadores de la absorbente, en el domicilio social, los documentos que resultan de aplicación a un procedimiento abreviado de fusión de entre los que se relacionan en el artículo 39, 1 de la antes identificada Ley 3/2009, informando a dichos Representantes y Trabajadores del objeto y el alcance de la fusión y, en particular, sobre las implicaciones de ésta con respecto al empleo.

Se hace constar el derecho del Socio Único de las sociedades fusionadas y de los Acreedores de éstas de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, así como del derecho de oposición a la fusión que les reconoce la Ley.

Picanya (Valencia) a, 19 de noviembre de 2015.- Administradora Única de las sociedades absorbente y absorbida, Alal Gestión, S.L.U., representada por D. José Luis Campillos Bueno.

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