El socio único de Aspemir, S.L. Unipersonal, y el socio único de Ladanegi, S.L. Unipersonal, y Memoriam Siglo XI, S.L. Unipersonal, el 9 de marzo de 2015 acordaron la fusión por absorción de Ladanegi, S.L. Unipersonal, y Memoriam Siglo XI, S.L. Unipersonal (Sociedades absorbidas) por parte de Aspemir, S.L. Unipersonal (Sociedad absorbente) con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente. Dicha fusión se lleva a efecto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (L.M.E.) y el proyecto común de fusión por absorción.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, así como a los representantes de los trabajadores de todas ellas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de la entidades.
Se hace constar, igualmente, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a la misma en el plazo y términos del artículo 44 de la L.M.E.
Manacor (Illes Balears), 13 de marzo de 2015.- El Administrador único de Aspemir, S.L. Unipersonal, Ladanegi, S.L. Unipersonal, y Memoriam Siglo XI, S.L. Unipersonal, D. Sebastián Nadal Homar.
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