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Documento BORME-C-2015-1798

LABORATORIOS DIMEFAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INFIPA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)
LABORATORIOS DIMEFAR, S.L.
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 2213 a 2213 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-1798

TEXTO

Anuncio de escisión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009 de 3 de abril de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles se hace público que el día 17 de marzo de 2015 la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de LABORATORIOS DIMEFAR, S.L. (Sociedad escindida), aprobó por unanimidad, la escisión total de la Sociedad, con extinción de ésta y división de su patrimonio en dos partes que serán traspasadas en bloque a las sociedades beneficiarias de la escisión, la sociedad de nueva creación, con la misma denominación que la escindida, LABORATORIOS DIMEFAR, S.L. y la sociedad INFIPA, S.L. que, en el mismo día y también por unanimidad, aprobó la escisión y las aportaciones todo ello en los términos establecidos en el proyecto de escisión que también fue aprobado en ambas Juntas Generales. Todo ello con efectos contables desde el día 1 de enero de 2015. Para la escisión se utilizó y aprobó como balance el cerrado a 31 de diciembre de 2014 aprobado también por la Junta General del 24 de febrero de 2015. El acuerdo de escisión total se ha adoptado con las prescripciones del artículo 42 de la citada Ley 3/2009 que regula la escisión en Junta Universal y por acuerdo unánime de los socios y habiendo puesto a disposición de los trabajadores de las sociedades la documentación de la escisión.

La escisión proyectada se acoge al régimen tributario establecido en el capítulo VII del título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba el Texto refundido del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio de escisión en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Barcelona, 18 de marzo de 2015.- Los Administradores solidarios de la Sociedad escindida, Elena Bistuer Sanz, Klaus G. Schaefer e Isabel Schaefer Bistuer, Consejera al igual que los dos anteriores de Infipa, S.L., así como J. Alejandro Krier Euwens, Secretario no Consejero de la misma.

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