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Documento BORME-C-2015-4197

HEINEKEN ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 5123 a 5123 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2015-4197

TEXTO

Anuncio de anulación, emisión y depósito de acciones.

Una vez finalizado el plazo establecido para el canje de acciones de "Heineken España, Sociedad Anónima", cuyo anuncio fue publicado el día 29 de julio de 2014 en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", número 142, y en el "Diario de Sevilla", de fecha 4 de agosto de 2014, comunicamos que no han acudido al mismo 1.087 acciones, de 60 euros de valor nominal cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.2 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y, según el acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas, celebrada el día 25 de junio de 2014, las citadas acciones han sido anuladas. De ellas, 260 acciones, cuyos titulares poseían 20 o más acciones antiguas, han sido sustituidas por 13 acciones nuevas de Heineken España, Sociedad Anónima, y depositadas temporalmente, por un periodo de tres años, en el domicilio social de la Compañía, junto con el importe de las restantes 827 acciones antiguas no canjeadas, cuyos titulares poseían menos de 20 acciones y no se han agrupado con otros.

Los accionistas de "Heineken España, Sociedad Anónima" que, previamente al transcurso de estos tres años, presenten los antiguos títulos físicos en el domicilio social de "Heineken España, Sociedad Anónima", situado en Sevilla, Avenida de Andalucía, número 1, código postal 41007, tendrán derecho a recibir:

- 1 acción nueva de "Heineken España, Sociedad Anónima", de 1.200 euros de valor nominal, por cada 20 acciones antiguas de 60 euros de valor nominal cada una de ellas.

- 170 euros por cada acción no múltiplo entero de 20 que presenten (acciones de picos), con el límite máximo de 19 acciones por titular.

Transcurridos los referidos tres años, los títulos emitidos en lugar de los anulados serán vendidos por la Sociedad, por cuenta y riesgo de los interesados, y el importe líquido de la venta será depositado, a disposición de los mismos, en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.

Lo que ponemos en conocimiento de los interesados.

Sevilla, 7 de mayo de 2015.- Marcos Tarancón Estrada, Director de Asesoría Jurídica.

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