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Documento BORME-C-2015-432

PUERTO SECO VENTASTUR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 16, páginas 480 a 480 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-432

TEXTO

A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "Puerto Seco Ventastur, S.A." (en adelante, la "Sociedad"), celebrada con carácter Universal el pasado 19 de diciembre de 2014, adoptó, bajo el punto primero de su orden del día, y con las mayorías requeridas por la Ley de Sociedades de Capital y los Estatutos Sociales, el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de compensar pérdidas mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad y la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

El importe de la reducción asciende a la cifra de 1.100.000,00 euros, y se llevará a cabo mediante la reducción del valor nominal de cada una de las 10.000 acciones nominativas en que se encuentra dividido el capital social de la Sociedad, en la cuantía de 110,00 euros por acción. Como consecuencia de lo anterior, el capital social resultante después de la reducción, queda fijado en la cifra de 700.000,00 euros, dividido en 10.000 acciones nominativas, cuyo valor nominal pasará a ser de 70,00 euros por acción.

La finalidad de la reducción de capital es compensar las pérdidas de la sociedad que quedaron pendientes tras la aplicación de reservas, destinándose el importe de la reducción de capital a (i) compensar totalmente la partida "Resultado del ejercicio" por un importe de 298.176,00 euros, que queda reducida a 0,00 euros, y (ii) compensar parcialmente las pérdidas registradas en la cuenta "Resultados negativos de ejercicios anteriores" por un importe de 801.824,00 euros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital toma como referencia el balance individual de la sociedad cerrado a 31 de octubre de 2014 aprobado igualmente por la citada Junta General, y sometido a la verificación del auditor de cuentas de la sociedad, a saber, la firma KPMG Auditores, S.L., según resulta del informe de auditoría. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

Como consecuencia de esta operación de reducción del capital no se genera excedente del activo sobre el pasivo que deba atribuirse a la reserva legal.

A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 5 de los estatutos sociales.

Madrid, 12 de enero de 2015.- Pecovasa Renfe Mercancías, S.A., representada por D. Antonio Aguilar Mediavilla, Presidente del Consejo de Administración.

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