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Documento BORME-C-2015-571

CRONO CHIP, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TIMING SENSE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 22, páginas 640 a 640 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-571

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales (LME), se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad "Crono Chip, S.L.", celebrada con fecha 2 de noviembre de 2014, aprobó por unanimidad, la fusión por absorción de "Crono Chip, S.L." (Sociedad absorbente) y "Timing Sense, S.L." (Sociedad absorbida). La referida fusión se operará mediante la absorción de "Timing Sense, S.L., por parte de "Crono Chip, S.L.", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y con atribución a la sociedad absorbente del patrimonio íntegro de la misma a título universal, con aumento de capital social de Crono Chip, S.L., como consecuencia del patrimonio transmitido en bloque por la entidad absorbida, Timing Sense, S.L. a la sociedad absorbente, y ello de forma previa al preceptivo canje de participaciones sociales.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión por absorción, redactado y suscrito por los miembros del Órgano de Administración de ambas sociedades con fecha 31 de octubre de 2014, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Asimismo, se hace constar la aprobación de los respectivos balances de fusión, cerrados por dichas sociedades el 30 de septiembre de 2014.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar el proyecto de fusión, ni el informe de los Administradores de las sociedades que se fusionan sobre dicho proyecto de fusión, dado que los acuerdos fueron adoptados en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en Junta universal y por unanimidad de los socios.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los socios a pedir copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

La Pobla de Vallbona (Valencia), 26 de enero de 2015.- Los representantes de "Crono Chip, S.L." (Sociedad absorbente) y "Timing Sense, S.L." (Sociedad absorbida), D.Abraham Serra Roch y D. Carlos Sáez Celemín, Administradores solidarios de ambas sociedades.

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