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Documento BORME-C-2015-6304

PROCOM DESARROLLOS URBANOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 7578 a 7578 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-6304

TEXTO

A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de PROCOM DESARROLLOS URBANOS, S.A. (en adelante la Sociedad), celebrada en el domicilio social con carácter universal el 21 de mayo de 2015, adoptó por unanimidad, previa compensación de pérdidas con cargo a reservas, el acuerdo de reducir el capital social por pérdidas, mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad y la consiguiente modificación del artículo cinco de los Estatutos Sociales.

La finalidad de la reducción de capital ha sido compensar totalmente las pérdidas de la Sociedad y restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas y dejar a la compañía con un capital suficiente que mantenga el equilibrio patrimonial y que cumpla con los requisitos de la Ley de Sociedades de Capital.

De conformidad con el artículo 322 LSC previamente al acuerdo de reducción se acuerda compensar la Prima de Emisión, la reserva legal y las reservas voluntarias por un total importe de 684.150,51€ con resultados negativos ejercicios anteriores y del ejercicio 2014, que ascienden a un total de 237.195.621,67 € con lo que la perdida resultante tras la compensación queda fijada en la suma de 236.511.471,16 €.

Considerando la existencia de préstamos participativos por importe de 226.899.251,86 €, el importe del patrimonio neto asciende a 387.780,70 €

En su consecuencia se acuerda reducir el capital en 9.640.000 € de modo que el mismo pasará de 10.000.000 € a 360.000 € mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las 10.000 acciones representativas del capital social en 964 € cada una de ellas, que pasarán de un valor nominal de 1.000 € cada una a 36 €.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 LSC, el excedente del activo sobre el pasivo resultante tras la reducción (27.780,70 €) se aplica a la reserva legal.

Se hace constar asimismo que, a tenor de lo establecido en el artículo 335 de la LSC, los eventuales acreedores de la Sociedad no tienen atribuido un derecho de oposición a las presentes operaciones de reducción de capital.

La reducción de capital quedó ejecutada en el mismo acto de la reunión de la Junta General.

Como consecuencia se acordó por unanimidad modificar el artículo quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad, referente al capital social.

Madrid, 21 de mayo de 2015.- La Administradora única, Directores de Transición Management, S.L., y en su representación D. Ignacio Gaspar Pardo de Andrade.

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