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Documento BORME-C-2015-667

LINDE Y WIEMANN, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
LINDE Y WIEMANN LA GARRIGA, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 746 a 746 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-667

TEXTO

Anuncio de segregación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Linde y Wiemann, S.A. (sociedad segregada) celebrada el día 30 de enero de 2015, acordó, por unanimidad, la segregación sin extinción de Linde y Wiemann, S.A., mediante la transmisión y traspaso de una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica autónoma, referente a la actividad productiva, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "Linde y Wiemann La Garriga, S.L.U.", la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio transmitido y adjudicando a la sociedad segregada todas las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de escisión por segregación en Junta Universal y por unanimidad de todos los accionistas de la sociedad segregada, y por tratarse de una segregación simplificada en aplicación del artículo 49 de la referida Ley, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de segregación ni es necesario el informe de los Administradores ni de expertos independientes sobre el mismo, todo ello de conformidad con lo previsto en la citada Ley.

Se hace constar que el acuerdo de segregación contiene el listado de elementos del activo y pasivo que componen la unidad económica relativa a la actividad de la sociedad beneficiaría de nueva creación Linde y Wiemann La Garriga, S.L.U., y sobre la base del balance auditado de fecha 30 de septiembre de 2014 y también debidamente aprobado por la Junta y todo ello de acuerdo con el proyecto de segregación debidamente aprobado por la Junta de accionistas.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la segregación planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de segregación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente, se hace constar el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores sobre el objeto y el alcance de la segregación, y en particular sobre el empleo.

La Garriga, 30 de enero de 2015.- La sociedad administradora única Linde + Wiemann GmbH-KG, representada por D. Ulrich Schoof.

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