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Documento BORME-C-2015-6861

SIMAVE SEGURIDAD, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 8208 a 8209 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2015-6861

TEXTO

Anuncio de reducción y simultáneo aumento de capital

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 304 y 319 de la LSC, se pone en conocimiento de los señores accionistas que en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de Simave Seguridad, S.A., celebrada el 10 de junio de 2015 en el domicilio social, se han adoptado los siguientes acuerdos de reducción y aumento de capital simultáneo.

I. Reducir el capital social, que en la actualidad es de 120.202,42 euros, totalmente desembolsado a 0,00 euros, mediante la amortización de todas las acciones existentes, números de 1 a 20.000, ambos inclusive, de 6,01012 euros de valor nominal cada una de ellas, quedando anuladas la totalidad de las 20.000 acciones hasta la fecha emitidas. La reducción de capital acordada es una operación simultánea con el aumento de capital que es objeto de acuerdo tercero, por lo que, en virtud del artículo 344 de la LSC, la eficacia del acuerdo de reducción de capital está condicionada a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital. La finalidad de la reducción del capital es restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad disminuido como consecuencia de las pérdidas, sobre la base del Balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2014, auditado por Bishop Auditores, S.L., y aprobado en el punto segundo del Orden del día de la Junta celebrada el día 10 de junio de 2015.

II. Simultáneamente a la reducción del capital anterior, aumentar el capital social en la cantidad de 120.000 € mediante la emisión de 20.000 acciones de 6 € de valor nominal cada una, representadas por acciones nominativas numeradas correlativamente del 1 al 20.000, ambas inclusive, que deberán ser desembolsadas íntegramente al tiempo de su suscripción mediante aportación dineraria. Los derechos de suscripción preferente de las acciones de la autocartera de la sociedad, corresponderán al resto de los socios en proporción a su actual participación.

Los titulares de las acciones a amortizar tendrán derecho de preferencia por el que podrán suscribir un número de acciones nuevas proporcional al de las que poseían inmediatamente antes de la reducción de capital.

El derecho de preferencia podrá ejercitarse durante el plazo de un mes desde la publicación de los anuncios legalmente previstos. En caso de no suscribirse íntegramente el aumento de capital, el órgano de administración abrirá un segundo período de suscripción (cuyo plazo de ejercicio será de quince días incluido su desembolso) entre quienes hubieran ejercitado el derecho de preferencia durante el primer periodo y en el que, en caso de concurrencia de varios accionistas, se suscribirán las acciones en proporción a las que hubieren suscrito en el primer periodo.

En caso de que no se suscribieran íntegramente todas las acciones durante el segundo periodo, el órgano de administración podrá ofrecer las acciones no suscritas a terceros durante el plazo de quince días desde la conclusión del segundo periodo, incluyendo en dicho plazo su desembolso.

Para el supuesto de suscripción incompleta del capital social, se faculta al Consejo de Administración para tener o no por ampliado el capital social en la cuantía de las suscripciones efectivamente efectuadas.

III. Delegar en el órgano de administración la facultad de señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada que será tan pronto como se complete, en su caso, la suscripción del aumento y fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta y una vez acordado y ejecutado el aumento dar nueva redacción al artículo 6.º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

Madrid, 11 de junio de 2015.- Secretario del Consejo de Administración, D. Jesús Arnáez Oca.

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