Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-7054

ANDALUZA DE AMBULANCIAS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AMBULANCIAS LAS MARISMAS, SOCIEDAD LIMITADA
AMBULANCIAS LA CAMPIÑA, SOCIEDAD LIMITADA
AMBULANCIAS LA SIERRA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 8430 a 8430 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-7054

TEXTO

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 20 de febrero de 2015, las Juntas generales celebradas con el carácter de extraordinarias y universales de la Sociedad absorbente Andaluza de Ambulancias, Sociedad Limitada, y de las absorbidas Ambulancias las Marismas, Sociedad Limitada, Ambulancias la Campiña, Sociedad Limitada, y Ambulancias la Sierra, Sociedad Limitada, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la Sociedad absorbida a favor de la Sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes de la misma. El acuerdo de fusión fue aprobado conforme al balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2014, también aprobado por unanimidad de ambas Juntas, y conforme a los términos y condiciones recogidos en el proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las Sociedades intervinientes el día 13 de febrero de 2015.

Las operaciones de las sociedades absorbidas Ambulancias las Marismas, Sociedad Limitada, Ambulancias la Campiña, Sociedad Limitada, y Ambulancias la Sierra, Sociedad Limitada, se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente, Andaluza de Ambulancias, Sociedad Limitada, a partir del día 1 de enero de 2015.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades intervinientes en la fusión por absorción a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de cada una de las Sociedades, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Dos Hermanas, 18 de junio de 2015.- Administrador único.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid