En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se comunica que el Socio Único de Kartera 2, Sociedad Limitada Unipersonal ("Kartera 2"), ha aprobado con fecha 9 de junio de 2015 la fusión por absorción de SPE Kutxa, Sociedad Anónima Unipersonal ("SPE Kutxa"), y Araba Gertu, Sociedad Anónima Unipersonal ("Araba Gertu"), con disolución sin liquidación de SPE Kutxa y Araba Gertu, y el traspaso en bloque de sus respectivos patrimonios en favor de Kartera 2, Sociedad Absorbente, como sucesora universal, quedando Kartera 2 subrogada en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de Kartera 2, SPE Kutxa y Araba Gertu, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar, de forma expresa, el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de Kartera 2, SPE Kutxa y Araba Gertu, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Bilbao, 9 de junio de 2015.- Doña Irantzu Irastorza Martínez, Secretaria no miembro del Consejo de Administración de Kartera 2, Sociedad Limitada Unipersonal, SPE Kutxa, Sociedad Anónima Unipersonal y Araba Gertu, Sociedad Anónima Unipersonal.
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