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Documento BORME-C-2015-7875

ES PARADISE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 9359 a 9360 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2015-7875

TEXTO

Edicto

En este órgano judicial se tramita convocatoria Junta general de accionistas 0000554/2014, seguido a instancias de Daniel Tobella Chardón y María Tobella Chardón contra Es Paradise, S.A. sobre en los que, por resolución de fecha se ha acordado:

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca.

Procedimiento: Convocatoria Junta general accionistas 554/14.

Auto

En Palma de Mallorca a 9 de junio de 2015.

Antecedentes de Hecho

Primero.-El día 28 de julio de 2014, D. José López López, Procurador de los Tribunales en nombre y representación de don Daniel Tobella Chardon y doña María Teresa Tobella Chardon, presentó en este Juzgado solicitud por la que intaba a la convocatoria de Junta general de la entidad mercantil Es Paradise, S.A., que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, y tras la preceptiva audiencia al Administrador único, que se realizó por diligencia de fecha 17 de febrero de 2015, sin que se realizara manifestación alguna, el expediente pasó a la mesa del Juez a día 11 de abril para dictar la oportuna resolución.

Segundo.-Por escrito de 5 de Junio de 2015, se puso en conocimiento de este Juzgado la imposibilidad por imponderables derivadas de los medios de comunicación, se solicitó nuevo señalamiento de convocatoria de junta, en aras de cumplir los requisitos de publicidad de la Junta. Por ello se vuelve a señalar nueva fecha para la celebración de la Junta indicada reproduciendo los mismos argumentos.

Razonamientos jurídicos

Único: En el presente procedimiento se ha observado el cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos 168 y 169 TRLSC, y en concreto:

1) Se ha acompañado por el instante documentación de la que resulta su condición de socio de la entidad cuya Junta se pretende convocar y de la cifra de capital que representa, superando con creces el 5%.

2) Se ha adjuntado el requerimiento notarial librado el día 6 de mayo de 2014 al Administrador de la sociedad para que procediera a la convocatoria de la Junta, contando la recepción del requerimiento, y en cuyo contenido se expone el orden del día.

3) Se ha dado audiencia, nuevamente, al Administrador único por medio de notificación de 17 de febrero de 2015.

Atendido que se trata de una Junta en una sociedad anónima de responsabilidad limitada y conforme a lo establecido en el artículo 169 y 170 de la Ley de Sociedades de Capital procede acordar la convocatoria judicial de Junta general en los términos interesados.

En virtud de todo lo anterior.

Dispongo

Que debo acordar y acuerdo convocar Junta general ordinaria de la sociedad Es Paradise, S.A. con presencia notarial que se celebrará en el domicilio social, sito en San Antonio de Portmany, calle de Sa Perdiu, número 6, de Eivissa, la primera convocatoria el lunes día 7 de septiembre de 2015, a las 17:00 horas y, segunda convocatoria, el día 8 de septiembre de 2015, a las 18:00 horas, siendo presidida por la letrada doña Zulema Nieto Velasco, y actuando en condición de Secretario D. Daniel Tobilla Chardon, con el orden del día fijado por la solicitante:

1. Actualización del libro de socios y de las mayorías sociales dimanantes de la sentencia judicial número 286 de la Audiencia Provincial de Palma d Mallorca, sección 5.ª de fecha 28 de junio de 2013 (juicio ordinario 895/2010, del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ibiza). Rollo de sala 105/13.

2. Cese y nombramiento del órgano de administración de Es Paradise, S.A.

Todos los gastos que se ocasionen corren a cargo de la sociedad.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Conforme al artículo 173 TRLSC, en su nueva redacción tras la ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial del TRLSC, que entró en vigor el día 2 de octubre de 2011, y en su artículo 19 de los estatutos de la sociedad Es Paradise, S.A. que establece "Toda Junta general deberá ser convocada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, por lo menos, qince días antes de la fecha fijada para su celebración"... En virtud de ello convóquese a los socios mediante convocatoria anunciado en el BORME a cuyo efecto se comisiona al solicitante para que proceda a efectuar dicha comunicación.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don Víctor Manuel Casaleiro Ríos, Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca: Doy fe.

Palma de Mallorca, 9 de junio de 2015.- Don Victor Manuel Casaleiro Ríos, Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca.

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