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Documento BORME-C-2015-8040

MARKETING Y ASESORAMIENTO S. XXI, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
MARKETING Y ASESORAMIENTO S. XXI, S.L.
JUPAL DESARROLLOS EMPRESARIALES, S.L
(SOCIEDADES EX NOVO BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 9545 a 9545 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8040

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de MARKETING Y ASESORAMIENTO S. XXI, S.L., celebrada el día 30 de junio de 2015, acordó por unanimidad la Escisión total de la sociedad MARKETING Y ASESORAMIENTO S. XXI, S.L., que se extinguirá, mediante la división de la totalidad del patrimonio de la compañía en dos partes, que se aportarán en bloque, a las sociedades de nueva constitución denominadas MARKETING Y ASESORAMIENTO S. XXI, S.L. y JUPAL DESARROLLOS EMPRESARIALES, S.L, como Sociedades Beneficiarias de la Escisión, conforme al Proyecto de Escisión redactado y suscrito con fecha 9 de junio de 2015 por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida, que fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid, así como el Balance de Escisión de MARKETING Y ASESORAMIENTO S. XXI, S.L, cerrado a 31 de diciembre de 2014.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de Escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, los estatutos sociales de las nuevas Sociedades beneficiarias de la escisión y el Balance de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la Sociedad escindida.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de las sociedades participantes del proceso de Escisión podrán oponerse al acuerdo de Escisión, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 15 de julio de 2015.- El Administrador único de la Sociedad escindida, don Joaquín Arribas García.

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