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Documento BORME-C-2015-9052

CAF TRANSPORT ENGINEERING, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONSTRUCTORA DE SISTEMAS FERROVIARIOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 170, páginas 10707 a 10707 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-9052

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 1 de septiembre de 2015 el socio único de "CAF Transport Engineering, S.L.U." (la "sociedad absorbente"), y la junta general extraordinaria de "Constructora de Sistemas Ferroviarios, S.L." (la "sociedad absorbida), han aprobado, en calidad de sociedad absorbente y sociedad absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2015 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, la atribución de participaciones de la sociedad absorbente a los socios de la sociedad absorbida y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las sociedades a fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el socio único de la sociedad absorbente y por la Junta general de socios de la sociedad absorbida con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin necesidad de elaborar el informe de experto independiente sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Zumaia (Gipuzkoa), 1 de septiembre de 2015.- Don Luis Terradillos Andrés, en nombre y representación de "Urbanización Parque Romareda, S.A.", Presidente del Consejo de Administración de "Constructora de Sistemas Ferroviarios, S.L." y don Andrés Arizcorreta García, Administrador único de "CAF Transport Engineering, S.L.U.".

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