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Documento BORME-C-2015-9179

INTERNET TOURISM SOLUTIONS, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
GLOBAL PORTAL BOOKINGS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 176, páginas 10851 a 10852 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-9179

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de la sociedad "INTERNET TOURISM SOLUTIONS, S.L." (sociedad parcialmente escindida) celebrada el 7 de septiembre de 2015 acordó por mayoría de los presentes y representados por un 85,45% del capital social, la escisión parcial sin extinción de "Internet Tourism Solutions, S.L.", mediante la transmisión y traspaso de una parte de su patrimonio, consistente en la marca comercial MuchoSol, su cartera de clientes y sistema de reservas del portal, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "Global Portal Bookings, S.L.", la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

El acuerdo de escisión fue aprobado conforme al proyecto de escisión, redactado, suscrito y aprobado por el administrador único de la sociedad el día 20 de julio de 2015.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida "INTERNET TOURISM SOLUTIONS, S.L.", reducirá su capital en la cantidad de 3.012,50 euros, quedando fijado el capital de la sociedad en 3.012,50 euros, y modificándose en consecuencia el artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo a la cifra del capital social.

Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial, los actuales socios de la sociedad escindida recibirán participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación en igual proporción cuantitativa y cualitativa a su respectiva participación en la sociedad escindida.

De conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, careciendo la sociedad parcialmente escindida de página web se ha procedido a depositar un ejemplar del Proyecto de Escisión en el Registro Mercantil de Valencia, realizándose la convocatoria individual de Junta General extraordinaria conforme a los Estatutos Sociales y con posterioridad a dicho depósito.

En aplicación de régimen simplificado que se recoge en el artículo 78.bis de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de administradores, ni el balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el listado de elementos de activo y pasivo que componen la unidad económica relativa a la actividad de la sociedad beneficiaria de nueva creación "GLOBAL PORTAL BOOKINGS, S.L."

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho que a éstos últimos les corresponde de oponerse a la escisión parcial y la reducción de capital planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 LME.

Valencia, 8 de septiembre de 2015.- Manuel Giner Nadal, Administrador único.

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