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Documento BORME-C-2015-9231

COMPAÑÍA DE BEBIDAS PEPSICO, S. L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CATALANA DE BEBIDAS CARBÓNICAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 178, páginas 10906 a 10906 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-9231

TEXTO

De conformidad con lo establecido en artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de Socios de Compañía de Bebidas Pepsico, S.L. y Catalana de Bebidas Carbónicas, S.L., celebradas con carácter Universal el día 30 de junio de 2.015, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de Catalana de Bebidas Carbónicas, S.L. por Compañía de Bebidas Pepsico, S.L., con la disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y atribución de su patrimonio íntegro a título universal a la sociedad absorbente.

Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 3/2.009, la sociedad absorbente ha ofrecido al otro socio minoritario de la sociedad absorbida, Pepsico Holding de España, S.L. una compensación económica por su porcentaje de participación en la sociedad absorbida (5%). Esta compensación se valora en 1.227.112,74 €, esto es, 19,56 € por cada una de las participaciones sociales de las que es titular en la sociedad absorbida. Como tipo de canje se establece que por cada 2,6400818 participaciones de Pepsico Holding de España, S.L. en la sociedad absorbida le corresponde 1 participación social en Compañía de Bebidas Pepsico, S.L. Con el fin de materializar esta compensación, Compañía de Bebidas Pepsico, S.L. amplía su capital social en 142.809,62 €, mediante la emisión de 23.762 participaciones sociales de 6,01€ de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 2.948.616 al 2.972.377 ambas inclusive, con una prima de emisión total de 1.084.260,06 €, es decir, 45,63 € por participación social; todas estas nuevas participaciones son suscritas por Pepsico Holding de España, S.L.

Entre el valor de la compensación (1.227.112,74 €) y el valor de las participaciones suscritas (1.227.069,68 €) se produce una diferencia de 43,06€ que se abonará a Pepsico Holding de España, S.L. en la cuenta bancaria que esta designe.

Así mismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.

Finalmente se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Vitoria, 8 de septiembre de 2015.- Por Compañía de Bebidas Pepsico, S.L. y Catalana de Bebidas Carbónicas, S.L., Francisco Javier Ezpeleta Gúrpide y Francisco Javier Relloso Barrio, personas físicas representantes respectivamente de Pepsico Iberia Servicios Centrales, S.L. y Onbiso Inversiones, S.L., administradoras mancomunadas de las dos sociedades.

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