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Documento BORME-C-2015-9373

BAIKA GESTIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y ESCINDIDA)
KABA PROPERTY, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
SERVICIOS EMPRESARIALES TELNIA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 183, páginas 11059 a 11059 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2015-9373

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") y disposiciones concordantes, aplicable por remisión expresa del artículo 73.1 LME se hace público que los socios de la entidad mercantil Baika Gestión, S.L. (la "Sociedad absorbente y escindida"), Kaba Property, S.L. ("Sociedad absobirda"), y Servicios Empresariales Telnia, S.L. (sociedad beneficiaria de la escisión) se reunieron en Junta General Extraordinaria el día 28 de julio de 2015, y acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión en virtud de la cual, la mercantil Baika Gestión, S.L. absorbe a la entidad mercantil Kaba Property, S.L., con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente. Asimismo, se aprobó, la simultánea escisión parcial de Baika Gestión, S.L., consistente en el traspaso en bloque y por sucesión universal de una parte del patrimonio de la mercantil Baika Gestión, S.L., que forma una unidad económica, a favor de Servicios Empresariales Telnia, S.L., recibiendo los socios de la Sociedad escindida un número de participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcional a su respectiva participación en la escindida, y quedando subrogada la Sociedad beneficiaria de la escisión en todos los derechos y obligaciones recibidos de la sociedad parcialmente escindida.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y escindida, de la sociedad absorbida y de la sociedad beneficiaria de la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como de los balances de fusión y/o escisión. Se informa igualmente del derecho de oposición a la fusión y/o escisión que corresponde a los acreedores, que podrá ser ejercido en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada LME.

En Vitoria-Gasteiz, 29 de julio de 2015.- Don Josu Allika Pérez, en su condición de administrador solidario de Baika Gestión, S.L. (sociedad absorbente y escindida), Kaba Property, S.L. (sociedad absorbida) y Servicios Empresariales Telnia, S.L. (sociedad beneficiaria de la escisión).

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