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Documento BORME-C-2015-9830

NOR RUBBER, SOCIEDAD ANONIMA LABORAL

Publicado en:
«BORME» núm. 197, páginas 11584 a 11584 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-9830

TEXTO

De conformidad con el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital se hace público que la Junta General Ordinaria de Accionistas de la entidad NOR RUBBER, SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL, celebrada el 20 de Junio de 2.015, previa convocatoria en legal forma, acordó entre otros el siguiente acuerdo, con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial de la sociedad:

Primero.- Aprobar el balance que ha de servir como base para la reducción de capital, referido al 31 de diciembre de 2014, que es el mismo que ha sido también aprobado en la misma Junta en el punto del día referido a la aprobación de las cuentas anuales del 2014.

Segundo.- Compensar las reservas que figuran en el Balance con cargo a Resultados Negativos.

Tercero.- Amortizar las acciones propias en poder de la sociedad, seis mil quinientas diecisiete (6.517), de treinta y seis (36) euros de valor nominal cada una, lo que hace un total de doscientos treinta y cuatro mil seiscientos doce euros (234.612,00), lo que genera una reserva de ciento nueve mil ciento veintiséis euros y cincuenta céntimos de euro (109.126,50).

Cuarto.- Compensar las reservas generadas en la amortización de acciones propias aprobada en el punto anterior.

Quinto.- Reducir el valor nominal de las acciones en once euros (11,00) cada una lo que da lugar a una reducción de setecientos cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete euros (757.647,00).

Sexto.- Reenumerar las acciones.

Esta reducción se ejecutará en un acto único en el plazo máximo de 6 meses desde la aprobación por la Junta de este acuerdo, facultando para ello al Consejo de Administración, dando en consecuencia nueva redacción al art. Cinco punto 1 de los Estatutos Sociales que fijará la cifra de capital social en 1.721.925,00 €, dividido en 68.877 acciones de 25 € de valor nominal cada una de ellas.

La reducción de capital no supone devolución de aportaciones a los socios.

Los acreedores sociales tendrán derecho a oponerse a la reducción acordada en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio conforme a los art. 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.

Tui, 11 de septiembre de 2015.- La Secretaria del Consejo de Administración, María Nieves Veninga Burgos.

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