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Documento BORME-C-2016-10157

RED ESPAÑOLA DE SERVICIOS, S.A.
(RESSA)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SERVISA TARJETAS, S.A.U.
(SERVISA)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 11770 a 11770 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10157

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 15 de noviembre de 2016, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Red Española de Servicios, S.A. (RESSA), celebrada en primera convocatoria, con la asistencia de accionistas que representaban el 88,38 por 100 del capital social, en el domicilio social sito en Torre CEPSA, Paseo de la Castellana, 259-A, Madrid, aprobó por unanimidad la aprobación de la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada Servisa Tarjetas, S.A.U. (SERVISA), sociedad absorbida, por parte de Red Española de Servicios, S.A. (RESSA), como sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto común de fusión formulado con fecha 16 de junio de 2016, que se encuentra depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 3 de octubre de 2016 y cuyo depósito fue publicado en el BORME número 195, de fecha 11 de octubre de 2016. De conformidad con el Proyecto común de fusión, se aprobaron como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2015. Igualmente, el Socio único de Servisa Tarjetas, S.A.U. (SERVISA) aprobó, en la misma fecha, los mencionados Balances de fusión, Proyecto común de fusión y operación de fusión por absorción.

En virtud de la fusión así aprobada, Red Española de Servicios, S.A. (RESSA) adquirirá, en bloque y por vía de sucesión universal, el patrimonio social íntegro, con todos los derechos y obligaciones en él incluidos, de Servisa Tarjetas, S.A.U. (SERVISA), que de este modo quedará disuelta, sin necesidad de previa liquidación. Al ser la sociedad absorbida, Servisa Tarjetas, S.A.U. (SERVISA) íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente, Red Española de Servicios, S.A. (RESSA), resulta de aplicación el régimen establecido en el artículo 49.1 de la LME.

Se deja expresa constancia, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, del derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la citada Ley, se hace constar, igualmente, el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 16 de noviembre de 2016.- Don José Aurelio Téllez Menchén, Secretario de los Consejos de Administración de Red Española de Servicios, S.A. (RESSA) y Servisa Tarjetas, S.A.U. (SERVISA).

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