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Documento BORME-C-2016-10159

SUREXPORT COMPAÑÍA AGRARIA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CULTIVOS INTEGRALES DE DOÑANA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 11772 a 11772 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10159

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas el día 18 de octubre de 2.016, aprobaron, por unanimidad, la Fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "SUREXPORT COMPAÑÍA AGRARIA, S.L.", de "CULTIVOS INTEGRALES DE DOÑANA, S.L.", mediante transmisión a título universal del patrimonio a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la Sociedad Absorbida, con ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente en la cifra correspondiente, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión de sus mismos Socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de Fusión se adoptaron en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades participantes en la Fusión, con votación separada de los acuerdos de conformidad con el artículo 197bis de la Ley de Sociedades de Capital, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de Fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de Fusión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los Socios y Acreedores y demás interesados que así lo soliciten por cualquier medio admitido en derecho de las respectivas sociedades, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión, así como en su caso al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos que sirven de base a la Fusión, y a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos, así como el derecho de los Acreedores a oponerse a la Fusión por absorción, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de Fusión por Absorción.

Almonte, 10 de noviembre de 2016.- Por "Surexport Compañía Agraria, S.L." y "Cultivos Integrales de Doñana, S.L.", el Administrador Solidario de ambas sociedades, Andrés Morales Vilar.

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