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Documento BORME-C-2016-10377

CONTENOR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROSINOR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 12033 a 12033 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10377

TEXTO

Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de Contenor, S.L. (domiciliada en San Salvador del Valle, Bizkaia, carretera El Juncal s/n, CIF B48193304, inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia en el tomo 1475, folio 13, hoja BI-3252) y de Prosinor, S.L. (domiciliada en San Salvador del Valle, Bizkaia, Polígono Industrial Ugarte s/n, CIF B48789655, inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia en el tomo 3286, folio 200, hoja BI-14954) con fecha 16 de noviembre de 2016 han aprobado por unanimidad la fusión por absorción de Prosinor, S.L., como sociedad absorbida, por Contenor, S.L. como sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de Prosinor, S.L. y traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere como sucesora universal, comprendiendo todos los elementos que integran el activo y pasivo de Prosinor, S.L., quedando la sociedad absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Dado que la sociedad absorbente y absorbida están íntegramente participadas, directamente, por el mismo socio único (Barside, S.L.) es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procediendo relación de canje, ni los informes de expertos independientes y del órgano de administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de dicha Ley, no es precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 42

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de dicha Ley se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de Contenor, S.L. y de Prosinor, S.L., de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de Contenor, S.L. y de Prosinor, S.L., en los términos previstos en el artículo 44 de dicha Ley.

Trapagarán (Bizkaia), 16 de noviembre de 2016.- D. Ramiro Barral Meléndez, como administrador único de Contenor, S.L. y de Prosinor, S.L.

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