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Documento BORME-C-2016-10397

ALTEX PARTNERS GESTIÓN SGIIC, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 12056 a 12056 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-10397

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 334 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la fecha de 16 de noviembre de 2016, el accionista único de Altex Partners Gestión SGIIC, S.A. adoptó, en el ejercicio de sus competencias atribuidas a la Junta General de accionistas el siguiente acuerdo de reducción de capital social:

Reducción de capital social en trescientos noventa y cuatro mil seiscientos noventa y cinco euros (394.695 euros) por devolución de aportaciones al socio único y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

La Junta General, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:

1º) Reducir el capital social en la cuantía de 394.695 Euros por devolución de aportaciones al socio único, modificando en consecuencia el artículo 5 de los Estatutos Sociales. El capital social queda fijado de este modo en quinientos mil trescientos cinco euros (500.305 euros). La reducción de capital se llevará a cabo mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las 89.500 acciones nominativas, número 1 a 89.500, ambas inclusive, en que se divide el capital social. El valor nominal de las acciones, actualmente fijado en 895.000 euros quedará reducido a 500.305 euros.

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 170.1 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones al socio único de la sociedad. El pago de la cantidad objeto de reducción se realizará mediante transferencia bancaria a favor del socio único, una vez transcurrido el plazo de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital sin que ninguno de ellos se opusiese a este acuerdo, o teniéndose opuesto, una vez que se tengan satisfecho o garantizado sus créditos conforme a la ley aplicable. La suma que deberá abonarse al Accionista único es de 394.695 euros.

2º) se acuerda también modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales, cuya nueva redacción, una vez ejecutado este acuerdo de reducción de capital social será el siguiente:

"Artículo 5.- Del capital social: El capital social se fija en la cantidad de quinientos mil trescientos cinco euros (500.305 Euros) y está representado por 89.500 acciones nominativas de cinco Euros y cincuenta y nueve céntimos de euros (5,59 euros) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del número 1 al 89.500, ambos inclusive, y están totalmente suscritas y desembolsadas."

Esto se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 18 de noviembre de 2016.- Secretario no miembro del Consejo de Administración, Dª Claudia Guasch Vega-Penichet.

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