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Documento BORME-C-2016-10634

TARAZONA RENOVABLES 3 SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOLAR EL CABRERO SOCIEDAD LIMITADA
TARAZONA RENOVABLES 1 SOCIEDAD LIMITADA
TARAZONA RENOVABLES 2 SOCIEDAD LIMITADA
TARAZONA RENOVABLES 4 SOCIEDAD LIMITADA
TARAZONA RENOVABLES 5 SOCIEDAD LIMITADA
TARAZONA RENOVABLES 6 SOCIEDAD LIMITADA
INTERMOB SOLAR ALBINO SOCIEDAD LIMITADA
INTERMOB SOLAR YEGUA SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 12320 a 12320 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10634

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo adoptado en juntas generales universales de "Tarazona Renovables 3, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) de fecha 30 de junio de 2016 y de Solar El Cabrero Sociedad Limitada, Tarazona Renovables 1 Sociedad Limitada, Tarazona Renovables 2 Sociedad Limitada, Tarazona Renovables 4 Sociedad Limitada, Tarazona Renovables 5 Sociedad Limitada, Tarazona Renovables 6 Sociedad Limitada, Intermob Solar Albino Sociedad Limitada e Intermob Solar Yegua Sociedad Limitada (Sociedades Absorbidas), de fecha 30 de junio de 2016, se acordó la fusión de las citadas sociedades, mediante la absorción por parte de la primera sociedad reseñada de las restantes sociedades reseñadas, lo que implicará la extinción y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de fusión redactado por los Órganos de Administración de todas las sociedades participantes en la Fusión.

Sirven como Balances de fusión de las Sociedades Absorbentes y Absorbidas los cerrados a 31 de diciembre de 2015, y las operaciones de las Absorbidas se consideraran realizadas a efectos contables por la Absorbente a partir del 1 de enero de 2016.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos por el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Sevilla, 1 de julio de 2016.- Roberto Melgarejo Martínez de Abellanosa, Administrador solidario de todas y cada una de las sociedades participantes en la fusión, y reseñadas anteriormente.

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