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Documento BORME-C-2016-10716

GARDIMAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOU LLEVANT 2003, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 12410 a 12410 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10716

TEXTO

Anuncio de Fusión Impropia

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en la Junta General de socios de la compañía GARDIMAR, S.L., domiciliada en Tarragona, Carretera de El Catllar km 2,7, con CIF B-43.491.356, inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, al tomo 1.259, folio 211, hoja T14050, celebrada con carácter extraordinario y universal el día 15 de noviembre de 2016, han acordado la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida, la mercantil NOU LLEVANT 2003, S.L., domiciliada en Madrid, Avenida Filipinas n.º 28, con CIF B-43.723.642, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 28.849, sección 8.ª, folio 177, hoja M519459, a favor de la absorbente, que adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes en la misma, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 1 de noviembre de 2016 por el órgano de Administración de cada una de dichas compañías, que fue aprobado por la Junta General de socios de carácter extraordinario y universal y el Socio Único, respectivamente, de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 31 de octubre de 2016 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad y se fija el 1 de noviembre de 2016, como fecha de eficacia contable de dicha operación.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil NOU LLEVANT 2003, S.L., está íntegramente participada por la sociedad absorbente, GARDIMAR, S.L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto de fusión común.

Se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión y a los acreedores de cada una de ellas su derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

El Catllar, 15 de noviembre de 2016.- Mònica Mestre Solé, Administradora Solidaria de GARDIMAR, S.L. (sociedad absorbente) y Jordi Huguet Casas, Administrador Único de NOU LLEVANT 2003, S.L. (sociedad absorbida).

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