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Documento BORME-C-2016-11001

CAMBRIDGE AVENUE INVERSIONES SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 12727 a 12727 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2016-11001

TEXTO

Modificación de objeto social

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 348 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y con objeto de posibilitar el ejercicio del derecho de separación contemplado en el artículo 346 del mismo texto legal, se hace público que en la Junta General de Accionistas de "CAMBRIDGE AVENUE INVERSIONES SICAV, S.A.", en reunión celebrada el día 1 de diciembre de 2016 acordó modificar el objeto social de la Sociedad, como consecuencia de su conversión en una Sociedad Anónima de régimen ordinario, dando una nueva redacción al artículo 2.º de los Estatutos Sociales, con el siguiente tenor literal:

"Artículo 2.º Constituye el objeto social de la Sociedad:

a) Las operaciones y negocios de todas clases sobre bienes inmuebles de cualquier naturaleza, su transformación por urbanización y construcción y la explotación de las mismas bajo cualquier modalidad jurídica y económica.

b) Dirigir y gestionar la participación de la Sociedad en el capital de otras entidades mediante la correspondiente organización de medios personales y materiales, pudiendo cuando la participación lo permita, ejercer la dirección y el control de dichas entidades mediante la pertenencia a sus Órganos de Administración social, así como mediante la prestación de servicios de gestión y administración de estas entidades.

c) La compra, suscripción, tenencia, permuta y venta de valores mobiliarios, nacionales y extranjeros, por cuenta propia y sin actividad de intermediación.

Se exceptúan las actividades expresamente reservadas por las Leyes a las Instituciones de Inversión colectiva, así como lo expresamente reservado por la Ley del Mercado de Valores a las Agencias y/o Sociedades de Valores y Bolsa.

d) La actividad de gestión y administración de valores representativos de fondos propios de entidades no residentes en territorio español, mediante la correspondiente organización de medios materiales y personales, quedando excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la legislación vigente exija requisitos o formalidades especiales que la sociedad no cumpla y, en particular, las reservadas a Instituciones de Inversión colectiva o a entidades sujetas a la Ley del Mercado de Valores."

Madrid, 5 de diciembre de 2016.- La Administradora Solidaria, Pilar Luengo Tolosa.

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