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Documento BORME-C-2016-1350

EPIDOR, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
LIDERING, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
EPIDOR SEALS AND RUBBER TECHNOLOGY, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 54, páginas 1597 a 1597 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-1350

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 14 de marzo de 2016, el accionista único de Epidor, S.A.U. y Lidering, S.A.U., EPI Industries Family of Companies, S.L., ha decidido la escisión parcial de ambas sociedades a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, denominada Epidor Seals and Rubber Technology, S.L.U., de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 49 LME, por remisión del artículo 73.1 de la misma norma.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de parte del patrimonio de Epidor, S.A.U. y de Lidering, S.A.U., constitutivas de unidades económicas, a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación; la atribución de la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria al accionista único de Epidor, S.A.U. y de Lidering, S.A.U.; la reducción del capital social de Epidor, S.A.U. en el importe de 5.856 €, mediante la amortización de 183 acciones, quedando el capital social fijado en 1.994.144 € y reduciéndose asimismo las reservas voluntarias de la sociedad en 8.965,56 €; y la reducción del capital social de Lidering, S.A.U. en el importe de 81.250 €, mediante la amortización de 130 acciones, quedando el capital social fijado en 418.750 € y reduciéndose asimismo las reservas voluntarias de dicha sociedad en 927.431,96 €.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de Epidor, S.A.U. y de Lidering, S.A.U a obtener el texto íntegro de las decisiones de escisión adoptadas, así como los balances de escisión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de Epidor, S.A.U. y de Lidering, S.A.U. de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Barcelona, 14 de marzo de 2016.- Antonio Cammany Dorr, administrador único de Epidor, S.A.U. y Mireia Cammany Dorr, administradora única de Lidering, S.A.U.

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