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Documento BORME-C-2016-2713

LUZ DEL TAJO CENTRO COMERCIAL, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 81, páginas 3181 a 3181 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-2713

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 12 de abril de 2016 el Accionista Único de la Sociedad aprobó, el siguiente acuerdo de reducción de capital, así como la consiguiente modificación de los Estatutos Sociales:

"Reducción del capital social en un importe de 5.940.000 euros para incrementar las reservas voluntarias, mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en 0,99 euros hasta los 0,01 euros por acción en base al balance cerrado a 31 de diciembre de 2015. Consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales. Delegación de facultades. Actualización de la reserva legal y las reservas voluntarias".

En virtud de dicho acuerdo se aprobó reducir el capital social de la Sociedad, fijado en la cifra de 6.000.000 de euros, en la cantidad de 5.940.000 euros, quedando fijado, en consecuencia, en 60.000 euros. Dicha reducción tiene como finalidad incrementar las reservas voluntarias de la Sociedad. La reducción de capital se realiza mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en circulación representativas del capital social de la Sociedad, fijado actualmente en 1 euro, a 0,01 euros por acción; es decir, se reduce el valor nominal de cada una de las acciones en la cifra de 0,99 euros, siendo el importe total de reducción del capital social de 5.940.000 euros. La reducción de capital afecta por igual a todas las acciones, sin que exista disparidad de trato entre ellas. Como consecuencia de la reducción de capital, se incrementan las reservas voluntarias y disponibles hasta la cifra de 5.940.000 euros, por lo que los acreedores de la sociedad gozarán del derecho de oposición previsto en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

A los efectos de lo previsto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que el balance de la Sociedad que sirve de base a la adopción del acuerdo de reducción referido anteriormente es el correspondiente a los estados financieros cerrados a 31 de diciembre de 2015, verificados por el auditor de cuentas de la Sociedad, Deloitte, S.L., y que ha sido aprobado por el Accionista Único con fecha 12 de abril de 2016. Dicho balance, junto con el informe del auditor, se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

Madrid, 19 de abril de 2016.- La Vicesecretaria del Consejo de Administración de Luz del Tajo Centro Comercial, S.A.U., Dña. Tatiana Aguirregomezcorta Caubet.

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