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Documento BORME-C-2016-296

EL ESPARRAGAL, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CESDI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 15, páginas 329 a 329 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-296

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "EL ESPARRAGAL, S.A." celebrada el 23 de abril de 2015, y que en la Junta General Extraordinaria de Socios de "CESDI, S.L." celebrada el 21 de abril de 2015, ambas Sociedades han aprobado la fusión por absorción de CESDI, S.L. (Sociedad Absorbida) por parte de EL ESPARRAGAL, S.A. (Sociedad Absorbente), con la consiguiente extinción y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, cuyo patrimonio íntegro será adquirido por sucesión universal por parte de la Sociedad Absorbente;

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por los respectivos órganos de administración de las sociedades participantes con fecha 23 de octubre de 2014, el cual fue aprobado también en dichas Juntas Generales celebradas, junto con el Balance de Fusión, la fecha de efectos contables de la Fusión, la reducción con anterioridad a la Fusión del valor nominal de las acciones de la Sociedad Absorbente mediante la división de cada una de las acciones en circulación en la proporción de 3.005 acciones nuevas por cada acción antigua, la operación de canje, el aumento de capital social en la Sociedad Absorbente como consecuencia de la ejecución de la Fusión, y la modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales de la Sociedad Absorbente, único artículo modificado de sus Estatutos Sociales como consecuencia de la fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión. Igualmente se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión, que podrán ejercitar en el plazo y términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME.

Madrid, 22 de enero de 2016.- El Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado de EL ESPARRAGAL, S.A., don Íñigo Víctor de Oriol Ibarra, y el representante persona física de la El Esparragal, S.A., Administrador Único de CESDI, S.L., don Alfonso Buenaventura de Oriol Fabra.

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